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Ley N° 20.285 - Sobre Acceso a la Información Pública
Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, Comisión Ingresa



A continuación los detalles del beneficio Pago de Cuotas del Crédito con Garantía Estatal para Estudios Superiores con Contingencia a la Renta

Última Actualización :14.06.2018


Nombre del programa o beneficio Fuente legal Fecha de publicación o dictación (dd/mm/aaaa) Enlace a la publicación o archivo correspondiente Objetivo del subsidio o beneficio Unidad/órgano interno/dependencia que lo gestiona Período de aplicación o de vigencia (señalando dd/mm/aaaa de inicio y dd/mm/aaaa de término), si corresponde Fecha de otorgamiento (dd/mm/aaaa) Unidad monetaria Monto total asignado al programa o beneficio Enlace a los requisitos y antecedentes para postular Periodo o plazo de postulación Criterio de acceso Enlace a mayor información (si existiere) Enlace a nómina de beneficiarios
Pago de cuotas del Crédito con Contingencia a la Renta del deudor Ley N° 20.634, que Otorga Beneficios a los Deudores del Crédito con Garantía Estatal y modifica la Ley N° 20.027 04-10-2012 Ley N° 20.634 Rebajar el valor de las cuotas del Crédito con Garantía Estatal a un monto no mayor al 10% de la renta bruta promedio de los últimos 12 meses, a los beneficiarios que lo soliciten y cuyas mensualidades exceden ese valor, subsidiando el Estado la diferencia. Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores El subsidio se extiende por 6 meses (período renovable, presentando una nueva solicitud) y rige a contar del 01/01/2012 El beneficio se otorga mensualmente, al momento de pagar la cuota del Crédito, siempre que sea cancelada hasta su fecha de vencimiento. UF $30.873.956.000 (en el Presupuesto de la Nación, este monto incluye el subsidio a la Rebaja de la Tasa de Interés a UF+2% anual) //portal.ingresa.cl/pagar-credito/que-beneficios-tengo-si-pago-al-dia/cuotas-del-10-de-tu-renta/ Comisión Ingresa abre la postulación al beneficio cada dos meses (enero; marzo; mayo; julio; septiembre; noviembre) en las fechas informadas en www.ingresa.cl La Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores verifica el cumplimiento de los requisitos, evalúa los antecedentes de renta presentados en el formulario electrónico de postulación, calcula la cuota del solicitante en base al 10% de su renta bruta promedio de los últimos 12 meses y asigna el derecho al beneficio a los deudores cuya cuota (rebajada a una tasa de interés del 2%) resulte mayor al 10% de la renta bruta promedio calculada. https://portal.ingresa.cl/pagar-credito/que-beneficios-tengo-si-pago-al-dia/cuotas-del-10-de-tu-renta/ La Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, en atención a lo establecido en la Ley N° 19.628, en especial, los artículos 2°, 4°, 9° y 10°, y en la Ley N° 20.285, especialmente lo prescrito en los artículos 7° letra i, y 21° N° 2, no se encuentra facultada para publicar la nómina de titulares de este beneficio.

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