Rebaja de la tasa de interés del Crédito con Garantía Estatal a UF+2% anual |
Ley N° 20.634, que Otorga Beneficios a los Deudores del Crédito con Garantía Estatal y modifica la Ley N° 20.027 |
04-10-2012 |
Ley N° 20.634 |
Rebajar las cuotas del Crédito con Garantía Estatal aplicando una tasa de interés subsidiada por el Estado de UF+2% anual, a los beneficiarios que obtuvieron el Crédito con una tasa de interés mayor, entre los años 2006 y 2011. |
Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores |
El beneficio opera con efecto retroactivo desde el 01/01/2012, de acuerdo a lo establecido en la ley N° 20.634 |
El beneficio aplica automáticamente cuando el deudor paga al día su cuota del Crédito, una vez iniciado el cobro del financiamiento entregado para sus estudios. |
UF |
$30.873.956.000 (en el Presupuesto de la Nación, ese monto incluye el beneficio del Pago del Crédito Contingente al 10% de la Renta) |
http://portal.ingresa.cl/pagar-credito/que-beneficios-tengo-si-pago-al-dia/rebaja-de-tasa-al-2/ |
No requiere postulación. |
El acceso es automático para el beneficiario del Crédito, en la medida que se encuentre al día en el pago de su deuda. |
http://portal.ingresa.cl/preguntas-frecuentes/#pregunta_539/ |
La Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, en atención a lo establecido en la Ley N° 19.628, en especial, los artículos 2°, 4°, 9° y 10°, y en la Ley N° 20.285, especialmente lo prescrito en los artículos 7° letra i, y 21° N° 2, no se encuentra facultada para publicar la nómina de titulares de este beneficio. |